Juan Antonio Magallán – Morelia, Michoacán

Ante la contingencia sanitaria por el coronavirus se hace posible el despido de miles de trabajadores, por lo que patrones y clase obrera deben llegar a un acuerdo: el empleado debe considerar ceder a la reducción de su sueldo y el patrón proporcionar mecanismos para trabajar desde casa, recomendó el maestro en Derecho Sergio Domínguez Mota.

En charla informal con el presidente de la Asociación Nacional de Especialistas Fiscales A.C. (ANEFAC), Javier Olmedo Castillo, los especialistas coincidieron en que la falta de claridad en las políticas públicas emanadas de la Federación para proteger al sector privado, empleadores y empleados deben generar sus propios acuerdos.

“Se debe generar un convenio en el cual el trabajador ceda a ganar menos y el trabajador otorgue condiciones para hacer trabajo desde casa. Aunque sabemos que en algunos trabajos no es posible, en los que se pueda se debe hacer”, señaló.

Los especialistas hicieron hincapié en que ni la Ley Federal del Trabajo ni la Ley General de Salud establecen medidas laborales con beneficio a empresas ante una contingencia sanitaria como la que se vive por la pandemia de COVID-19

“En el decreto federal de la contingencia se deja toda la carga laboral al patrón. El Gobierno Federal le dio vuelta a la situación: recomiendan el cierre de empresas para evitar contagios y habrá despedidos, proceso que se debería seguir en las Juntas de Conciliación y Arbitraje para acabar con la relación laboral y pagar su salario íntegro por un mes, pero es un proceso de 15 días; no obstante, por la contingencia las juntas no están trabajando y los patrones están impedidos de generar una suspensión legal de pago de salarios”, explicó Sergio Domínguez.

Por ello, los especialistas recomendaron a trabajadores y patrones llegar a un acuerdo de punto medio: los empleados ceder a ganar menos y los patrones generar condiciones de laborar desde casa, garantizando que, acabando la contingencia, conservarán sus empleos.

El riesgo lo asume el capitalista, porque es el que se queda con las ganancias: politólogo

Sin embargo, en contraposición a la recomendación de los jurisconsultos consultados, la Ley Federal del Trabajo dispone que para la reestructura de la planta laboral de las empresas, supuesto en el que caería los despidos por la contingencia sanitaria, el patrón tiene que otorgar la liquidación completa, es decir todas las prestaciones laborales adeudadas, incluyendo compensaciones por tiempo de servicios, vacaciones adeudadas, etcétera, más tres meses completos de salario.

Además, en el caso de que un trabajador acepte ganar menos por realizar el mismo trabajo desde casa, una vez que se restituyan las condiciones laborales normales y el empleado regrese a su planta de trabajo, no existe mecanismo legal que obligue al patrón a volverle a pagar su sueldo original, con lo que podría seguir pagándole el salario disminuido por tiempo indefinido, sin derecho alguno a reclamo.

Así lo advirtió el maestro en Políticas Públicas Antonio Rojas, que añadió que este tipo de situaciones deben de estar previstas por los empresarios, y no por los trabajadores, debido a que son los que aportan el capital de riesgo, y con ello se benefician de ganancias y dividendos cuando sus actividades generan mayores réditos, mientras que los empleados siempre ganan el mismo salario independientemente de que la empresa reciba beneficios crecientes.

Esa ganancia adicional, explicó Rojas Ávila, es la que justifica que, como indica la legislación federal, el trabajador en estas situaciones no tenga por qué ver disminuidos sus ingresos, ya que los emprendedores debieron “guardar pan para mayo” y tener recursos disponibles para hacer frente a este o cualquier otro tipo de contingencia.

“El capital, como factor de la producción, es el que recibe las variables ganancias de una empresa, mientras que los factores trabajo y tierra tienen rendimientos constantes, independientemente del éxito de la compañía. Es por ello que el riesgo va inevitablemente atado al capitalista, en su totalidad, como contraparte de la acaparación del plusvalor por parte del mismo.

“En ningún caso el trabajador o el arrendador pueden ser responsables de solventar las pérdidas cuando no son partícipes de las ganancias”, clarificó.

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