Alejandro Amado

Morelia, Michoacán.- El Reglamento de Construcciones y de los Dirección de Orden Urbano del Municipio de Morelia contiene fallas de origen que no advirtieron los diputados de la LXXII Legislatura, y es que en el capítulo correspondiente a las sanciones por violar la norma, una causal para que se clausuren obras en ejecución cita un artículo inexistente.

En una revisión del Reglamento vigente, que fue publicado en el Periódico Oficial el 20 de octubre de 2015 durante el periodo de Salvador Abud Mirabent, se puede observar que en el Capítulo L (50), relativo a las sanciones, multas, medidas de seguridad y recursos, específicamente en la Fracción IV del Artículo 319 se cita como causal para clausurar obras o instalaciones el Artículo 343 del mismo Reglamento. Sin embargo, el Reglamento de Construcciones de Morelia sólo tiene 333 artículos y cinco transitorios.

El Artículo 319 señala que la Secretaría de Desarrollo Metropolitano e Infraestructura “independientemente de la sanción económica procederá a clausurar las obras o instalaciones en ejecución cuando…”, y enseguida se establecen diez causales, entre los que señala seguridad en la construcción, no se atiendan infracciones, se continúen trabajos sin licencia o se viole lo autorizado, la obra cause daños a terceros, se obstaculice funciones de verificación, la obra se ejecute sin licencia.

Entre esas causales llama especialmente la atención que la Fracción IV señale textualmente como motivo de clausura: “Cuando no se dé cumplimiento a una orden de las prevista por el Artículo 343 de este Reglamento, dentro del plazo que se haya fijado para tal efecto”.
Cuestionado al respecto, el diputado Ángel Cedillo, presidente del a Comisión de Justicia calificó como preocupante la situación y aseguró que revisaría el asunto.

Deja un comentario